2015Revista Peruana de Ginecología y ObstetriciaOpen access

Principios básicos de bioética

Pío Iván Gómez-Sánchez

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Abstract

Antecedentes. Se considera que el concepto de bioética nace en Seattle, a comienzos de los años sesenta, al crearse un comité no médico para decidir quiénes tenían preferencia para hemodiálisis. En 1970, se acuña el término bioética por el oncólogo norteamericano Potter. En 1974, el Congreso de Estados Unidos crea una comisión para elaborar directrices éticas y proteger los derechos de las personas que participaban en estudios de investigación. En 1978, aparece el Informe Belmont, uno de los primeros documentos escritos sobre bioética, en el que se reconocía la autonomía, la práctica profesional beneficente y la justicia. En 1979, Beauchamp y Childress introducen el concepto de no maleficencia. Principios de la bioética. Principio de autonomía: es la obligación de respetar los valores y opciones personales de cada individuo en aquellas decisiones básicas que le atañen. Principio de beneficencia: es la obligación de hacer el bien. Principio de no maleficencia: es el respeto de la integridad del ser humano, lo que se hace cada vez más relevante ante los avances técnico-científicos. Principio de justicia: es el reparto equitativo de cargas y beneficios en el ámbito del bienestar vital, evitando la discriminación en el acceso a los recursos sanitarios. Papel de los ginecólogos y obstetras. Procurar el acceso equitativo a los servicios de salud de la mujer, independientemente de edad, raza, estado civil, socioeconómico o religioso, reconociendo que los derechos sexuales y reproductivos hacen parte integral de los derechos humanos.

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Antecedentes. Se considera que el concepto de bioética nace en Seattle, a comienzos de los años sesenta, al crearse un comité no médico para decidir quiénes tenían preferencia para hemodiálisis. En 1970, se acuña el término bioética por el oncólogo norteamericano Potter. En 1974, el Congreso de Estados Unidos crea una comisión para elaborar directrices éticas y proteger los derechos de las personas que participaban en estudios de investigación. En 1978, aparece el Informe Belmont, uno de los primeros documentos escritos sobre bioética, en el que se reconocía la autonomía, la práctica profesional beneficente y la justicia. En 1979, Beauchamp y Childress introducen el concepto de no maleficencia. Principios de la bioética. Principio de autonomía: es la obligación de respetar los valores y opciones personales de cada individuo en aquellas decisiones básicas que le atañen. Principio de beneficencia: es la obligación de hacer el bien. Principio de no maleficencia: es el respeto de la integridad del ser humano, lo que se hace cada vez más relevante ante los avances técnico-científicos. Principio de justicia: es el reparto equitativo de cargas y beneficios en el ámbito del bienestar vital, evitando la discriminación en el acceso a los recursos sanitarios. Papel de los ginecólogos y obstetras. Procurar el acceso equitativo a los servicios de salud de la mujer, independientemente de edad, raza, estado civil, socioeconómico o religioso, reconociendo que los derechos sexuales y reproductivos hacen parte integral de los derechos humanos.

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Antecedentes. Se considera que el concepto de bioética nace en Seattle, a comienzos de los años sesenta, al crearse un comité no médico para decidir quiénes tenían preferencia para hemodiálisis. En 1970, se acuña el término bioética por el oncólogo norteamericano Potter. En 1974, el Congreso de Estados Unidos crea una comisión para elaborar directrices éticas y proteger los derechos de las personas que participaban en estudios de investigación. En 1978, aparece el Informe Belmont, uno de los primeros documentos escritos sobre bioética, en el que se reconocía la autonomía, la práctica profesional beneficente y la justicia. En 1979, Beauchamp y Childress introducen el concepto de no maleficencia. Principios de la bioética. Principio de autonomía: es la obligación de respetar los valores y opciones personales de cada individuo en aquellas decisiones básicas que le atañen. Principio de beneficencia: es la obligación de hacer el bien. Principio de no maleficencia: es el respeto de la integridad del ser humano, lo que se hace cada vez más relevante ante los avances técnico-científicos. Principio de justicia: es el reparto equitativo de cargas y beneficios en el ámbito del bienestar vital, evitando la discriminación en el acceso a los recursos sanitarios. Papel de los ginecólogos y obstetras. Procurar el acceso equitativo a los servicios de salud de la mujer, independientemente de edad, raza, estado civil, socioeconómico o religioso, reconociendo que los derechos sexuales y reproductivos hacen parte integral de los derechos humanos.

Key concepts: Humanities, Political science, Persona, Philosophy

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